OBRA : : “CONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA TAMBOGRANDE KM 21 DE LA VÍA PIURA CHULUCANAS “ DEBIO COSTAR EN PROMEDIO 62 MILLONES Y SE HA GASTADO 100 MILLONES .. QUE TAL ROBO DE LOS CORRUPTOS
1. EL PRESUPUESTO INICIAL DEL PERFIL FUE 52’700.00 Y EL EXPEDIENTE LLEGO DE 59’275,445.00 HASTA 62’138,831.18 Y SE LICITO ( MONTO DEL CONTRATO) 66’018,898.35.
2. EN LA LICITACION DE LAS EMPRESAS POSTORAS PATICIPO EL ING EDWIN OMAR VENCES MARTINEZ, QUIEN NO TENIA LA POTESTAD DE PARTICIPAR PORQUE ERA DECANO DE LA FACULTAD DE ING CIVIL A TIEMPO COMPLETO , ASI LO ESTIPULA EL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA YA LA FECHA FUE SANCIONADO CON TIPO DE SANCION EN FORMA DEFINITIVA POR OSCE CON RESOLUCIÓN Nº 2692-2015 TCE-S2 POR Presentación de documentación falsa y/o inexacta a las entidades/ Tribunal/OSCE.
3. EXISTE O NO EXISTE EXPEDIENTE DE APLIACION DE PRESUPUESTO , O SOLO EXISTE PRESUPUESTO, CON MANEJO DE CIFRAS
4. LA EMPRESA COLOMBIANA QUE ANALIZO UNA SOLA MUESTRA ES REAL Y ES UNA SEUDO EMPRESA . Y NUNCA UNA CARRETERA DE 27 KM PUEDE SER ANALIZADA POR UNA SOLA MUESTRA, DESCONOCIENDO LOS INFORMES TECNICOS DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE PIURA Y DEL GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
5. LOS CERTIFICADOS QUE BRINDO LA FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL SON FALSOS, PORQUE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA NUNCA TUVO LOS EQUIPOS Y LOS CONFIRMO EL FISCAL .CASO FISCAL 1619-2011. CUAL ES EL PROCEDIMIENTO ADMINSITRATIVO IMPLEMENTADO POR CONTRALORIA CONTRA ESTOS FUNCIONARIOS.
6. EXISTE TAMBIEN UNA FIRMA FALSA DEL Ing TUME, QUE EL MISMO CONFIRMO QUE ES FALSA
7. EL PRESUPUESTO GASTADO EN LA OBRA ES CASI 100’000,000.00 LA PREGUNTA ES COMO SE SUSTENTO LAS AMPLIACIONES DE PRESUPUESTO .
8. LA EMPRESA DINO PACASMAYO ES RESPONSABLE ETICA Y TECNICA, DE ACEPTAR PROPUESTAS ANTITECNICA DE PREPARACION DEL CONCRETO menor a 350 KG/cm
9. SE HA DEMOSTRADO CON AUDITORIA EXTERNA - ESTUDIO DE VERIFICACION DE LA RESISTENCIA DEL CONCRETO MEDIANTE PERFORACIONES DIAMANTINAS- QUE LA ESTRUCTURA DE CONCRETO QUE DEBIO SER DE 350 KG/CM PERO ES EN PROMEDIO DE 162.00 KG/ CM A 243.00 KG / CM
10. LOS CAMBIOS DE CANTERA NUNCA FUERON SOLICITADOS Y APROBADOS.
11. QUE ACCIONES ADMINSITRATIVAS SE HAN IMPLEMENTADO CONTRA LA PROCURADORA DEL GOBIERNO REGIONAL QUE ACTUO COMO DEFENSORA DE LA EMPRESA CONSORCIO CORRUPTO.
ES UNA OBRA QUE FUE EJECUTADA EN FORMA DICTATORIAL EN TODOS SUS EXTREMOS Y DEBE SER JUZGADOS CON PENAS EJEMPLARES